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CuálMejor · Facturación

VERI*FACTU: qué comprobar antes de elegir

Una guía de orientación, con enlaces a la Agencia Tributaria.

Revisión editorial · 12 de octubre de 2026

Plazos de adaptación de los sistemas

La AEAT sitúa el plazo antes del 1 de enero de 2027 para las entidades que presenten el Impuesto sobre Sociedades, y antes del 1 de julio de 2027 para el resto de obligados tributarios. Estas fechas se refieren a quienes estén dentro del ámbito de la norma; no permiten decidir por sí solas si tu caso está obligado.

No confundas los conceptos

La adaptación de los sistemas informáticos de facturación y la modalidad VERI*FACTU no son exactamente lo mismo. Esta última remite los registros de facturación a la AEAT; existe también la modalidad de conservación sin remisión continua. La facturación electrónica entre empresas es otra cuestión que debe revisarse por separado.

Qué pedir al proveedor

No existe aquí una promesa de cumplimiento fiscal. Pide a tu asesoría que confirme las obligaciones concretas antes de activar una modalidad o cambiar de sistema.

Fuentes oficiales

Confianza alta en la información publicada; aplicabilidad individual no evaluada. Nota de la AEAT sobre los plazos y preguntas frecuentes sobre sistemas VERI*FACTU.

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